Ordenanza 2092
Año Boletín: 2026
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2092

Asunto: Modif. Tarifaria 2073
Texto Completo Documento

O R D E N A N Z A   Nº 2092

 

VISTO:

              El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual se propone la modificación parcial de la Ordenanza General Tarifaria Nº 2073, sancionada con fecha 16 de diciembre de 2025; y

 

CONSIDERANDO:

 

           Que es facultad del Intendente Municipal remitir al Concejo Deliberante proyectos de ordenanza tendientes a mejorar la administración fiscal y fomentar el desarrollo productivo local.

 

           Que en el Título IX «Derechos de Oficina», Capítulo I, Artículo 34º, Inciso f) de la mencionada norma, se establecen los valores correspondientes a las tasas por emisión de la solicitud de Documento de Tránsito de Animales (DTA) tanto para ganado mayor como para ganado menor por cabeza.

 

            Que el Intendente Municipal fundamenta la iniciativa en la necesidad imperiosa de acompañar al sector ganadero de la jurisdicción, reduciendo los costos impositivos de los trámites obligatorios que impactan en su actividad diaria.

 

         Que asimismo, es voluntad del D.E.M., destinar el remanente de dicha recaudación a apuntalar el sostenimiento del Centro Rural Comunitario de La Playosa, reconociendo su invalorable función social y de asistencia técnica para la comunidad rural.

 

            Que el texto remitido prevé la reducción al cincuenta por ciento (50%) de los mencionados derechos de oficina y la correspondiente afectación específica de los fondos resultantes, previa deducción de los gastos operativos inherentes a la tramitación mensual. 

 

             Que el Centro Rural Comunitario de La Playosa cumple una función social y comunitaria de vital importancia para el sector rural de nuestro pueblo, requiriendo del sostenimiento y acompañamiento del Estado Municipal para el cumplimiento de sus fines.

 

              Que resulta oportuno y conveniente reducir al cincuenta por ciento (50%) los derechos de oficina fijados para los conceptos señalados, y simultáneamente, destinar lo recaudado de manera neta —deducidos los costos operativos y administrativos directos— a la mencionada institución, garantizando transparencia y un circuito ágil de transferencia de fondos.

 

Por todo ello, el CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, en uso de sus atribuciones propias y de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, sanciona con fuerza de:

 

                                                           ORDENANZA

 

Art. 1º: MODIFÍQUESE a partir de la entrada en vigencia de la presente, el Título IX («Derechos de Oficina»), Capítulo I, Artículo 34º, Inciso f), en sus puntos Primero, Segundo y Tercero, de la Ordenanza General Tarifaria Nº 2073/2025, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

 

Art. 34º: – (…) Inciso f):

 

Primer Punto: Por solicitud de Documento de Tránsito de Animales (DTA) de Ganado Mayor, por cabeza: Redúzcase en un cincuenta por ciento (50%) el valor fijado en la Ordenanza Nº 2073/2025, ES DECIR A 1 UF

 

Segundo Punto: Por solicitud de Documento de Tránsito de Animales (DTA) de Ganado Menor, por cabeza: Redúzcase en un cincuenta por ciento (50%) el valor fijado en la Ordenanza Nº 2073/2025, ES DECIR A 0,5 UF.

 

Tercer Punto: Por solicitud de Documento de Tránsito de Animales (DTA) para traslado de campo a campo del mismo dueño, por cabeza: Redúzcase en un cincuenta por ciento (50%) el valor fijado en la Ordenanza Nº 2073/2025, ES DECIR A 1 UF.”

 

Art. 2º: AFÉCTESE de manera específica el total de los fondos recaudados en concepto de los derechos de oficina modificados en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.

 

Art. 3º: FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Intendente Municipal, a donar mensualmente las sumas recaudadas por el concepto descripto en el Artículo 1º al Centro Rural Comunitario de La Playosa, previa deducción de los costos operativos y administrativos directos derivados de la gestión mensual del trámite.

 

Art. 4º: ENCOMIÉNDESE al Área de Finanzas y Contabilidad Municipal a realizar la liquidación mensual, la retención de los gastos previstos en el Artículo 3º, y a emitir la orden de pago/transferencia correspondiente a favor de las autoridades del Centro Rural Comunitario de La Playosa, debiendo remitir copia trimestral de dichos movimientos a este Concejo Deliberante para su conocimiento.

 

Art. 5º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones y adecuaciones presupuestarias necesarias en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

 

Art. 6º: De Forma.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A DIECISÉIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. 

 

Prom.p/Dcto. N°

De Fecha

Public. en Transp. y Boletín Municipal

Derogada: NO
Modificada: NO
Mod/Deroga: No
Afecta Ordenanza: