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ORDENANZA Nº 2061
VISTO:
Solicitud de fecha 7 de mayo de 2025, presentada por ROBERTO EDGARDO BOLLATTI, D.N.I. 14.590.340 y DIEGO MATIAS CANTONI, ingeniero agrimensor M.P. 1418/1, por la que solicita aprobación de plano de mensura y subdivisión de inmueble rural ubicado en la localidad de La Playosa identificado con nomenclatura catastral 16-01-00351-0-32-91, inscripto en el Registro Gral. de la Pcia. bajo la matricula 474220, y en la Dirección Gral. de Rentas bajo el número de cuenta 1601-01759854, del que se obtienen 4 lotes resultantes, donde 3 de ellos serán destinadas a uso residencial, mientras que el resto de la fracción queda como en su origen de destino de uso rural controlado, conforme plano, nomenclatura designada por el área de cartografía de la Dirección General de Catastro y reserva de nomenclatura urbana que designan numeraciones finales.
Y CONSIDERANDO:
Que los peticionantes cumplimentaron con la presentación de la documentación requerida.
Que conforme, informe del profesional habilitante del área obras privadas municipal, el proyecto presentado por el interesado, deberá ser complementado con la presentación de Memoria Descriptiva con descripción del uso del suelo, Plano de Proyecto de Mensura, Unión y Subdivisión donde se desarrollara el proyecto, con fraccionamiento de los lotes, avenidas y pasajes, etc., certificados de factibilidad de prestación de servicio de energía eléctrica; certificado de factibilidad de provisión de agua potable; certificado de factibilidad de recolección de residuos; certificado de no inundabilidad; datos catastrales, registrables, colindancias, ubicación, acompañada por todas las escrituras, y todo otro documento relacionado con el anteproyecto propuesto, desde el punto de vista legal, tributario y demás.
Que, del plano de mensura y subdivisión que se adjunta como anexo I, de la presente, confeccionado por el ingeniero ing. agrimensor Diego Matías Cantoni, MP.1418/1, surgen la cantidad y descripción de los lotes resultantes de tal proceso de subdivisión.
Por todo ello, y en virtud de lo expresado en la Ley Nacional N° 24320, y concordantes, y encuadrado dentro del marco del Artículo 186, Inciso 4) de la Constitución de la Provincia de Córdoba, y su correlación con el Artículo 30, Inciso 1 y 30, de la Ley Provincial Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal), y modificatorias.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA PLAYOSA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Art. 1º: APRUEBESE el plano de mensura y subdivisión relación a la matrícula Nº 474220, cuenta D.G.R. 1601-01759854 respectivamente, de titularidad registral de Roberto Edgardo Bollati, D.N.I. 14.590.340, conforme al plano que forma parte de la presente, cuyas medidas y colindancias surgen de los planos mencionados.
Art. 2º: NOTIFIQUESE al peticionante que conforme informe del profesional habilitante del área obras privadas municipal, el proyecto presentado por el interesado, deberá ser complementado con la presentación de Memoria Descriptiva con descripción del uso del suelo de cada lote resultante, Plano de Proyecto de Mensura, Unión y Subdivisión donde se desarrollara el proyecto, con fraccionamiento de los lotes, avenidas y pasajes; certificados de factibilidad de prestación de servicio de energía eléctrica; certificado de factibilidad de provisión de agua potable; certificado de factibilidad de recolección de residuos; certificado de no inundabilidad, todo ello en el plazo de treinta (30) días hábiles de notificada la presente.
Art. 3º: PASE al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
Prom.p/Dcto. N°
De Fecha
Public. en Transp. y Boletín Municipal