Ordenanza 1980
Año Boletín: 2024
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1980

Asunto: Adhesión al programa de fortalecimiento educativo provincial
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O R D E N A N Z A  Nº1980

 

VISTO:

Decreto emanado del Poder Ejecutivo provincial N.º 66 de fecha 31 de enero de 2024, por el que se crea el  «Programa Provincial de Fortalecimiento Educativo Territorial – coordinaciones Locales de Educación » a los fines de la concertación y ejecución de iniciativas, proyectos y acciones educativas entre la Provincia y los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, tendiente a fortalecer el Desarrollo Educativo Local en los términos y alcances del Anexo I, el que forma parte del presente dispositivo legal,

 

Y CONSIDERANDO:

Que siendo el propósito del Programa garantizar el derecho a aprender, consagrado en el Artículo 14 de la Constitución Nacional y las Convenciones Internacionales vigentes que fueran ratificadas por el Congreso de la Nación, sumado a que la Educación y el Conocimiento son considerados bien público, un derecho personal y social, a tenor de las previsiones de la Ley Nacional de Educación N° 26206, resulta necesario el trabajo mancomunado entre dichas esferas de gobierno. 

Que, asimismo, la Constitución de la Provincia de Córdoba en su artículo 60 establece que la Educación y la Cultura constituyen funciones sociales, y el Estado garantiza el derecho a la Educación y el acceso a la Cultura en igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna.

Que se reconoce la importancia de fortalecer la educación para el desarrollo local con la participación de los gobiernos locales -municipios y comunas- en interacción con las instituciones educativas de la comunidad, a los fines de ampliar el ecosistema de aprendizaje local.

Que la vinculación de dichas instancias políticas de gobierno, tendrá lugar a través de la creación en Municipios y Comunas de Coordinaciones Locales de Educación (CLE), con participación plural y de amplia representación social a los fines de abordar cuestiones educativas de las respectivas comunidades; en cuyo seno se propondrán aquellos programas, proyectos o acciones que por consenso del organismo resulten convenientes para la implementación del programa en pos de fortalecer la educación local.

Por todo lo expuesto,

EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, DICTA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: ADHIERASE al «Programa Provincial de Fortalecimiento Educativo Territorial – coordinaciones Locales de Educación » a los fines de la concertación y ejecución de iniciativas, proyectos y acciones educativas entre la Provincia y los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, tendiente a fortalecer el Desarrollo Educativo Local en los términos y alcances del Anexo I, el que forma parte del presente dispositivo legal.  

 

Art. 2: AUTORICESE al D.E.M. a la ejecución de todas las acciones necesarias para la implementación del Programa Provincial de Fortalecimiento Educativo Territorial -Coordinaciones Locales de Educación.

 

Art. 3º:  COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Libro de resoluciones, cumplido que fuere, archívese.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO. –

 

Prom.p/Dcto. N°

De Fecha

Public. en Transp. y Boletín Municipal

 

Derogada: NO
Modificada: NO
Mod/Deroga: No
Afecta Ordenanza: