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O R D E N A N Z A N° 2090
VISTO:
Que la prescripción administrativa constituye un mecanismo legal previsto por La Ley Nacional N° 24.320, el Código Civil y Comercial de la Nación (Arts. 1897, 1899 y concordantes), para la regularizar la situación dominical de aquellos inmuebles que reúnan las condiciones exigidas por normativa citada.
CONSIDERANDO:
Que el inmueble que se describe como: Lote de terreno ubicado en el Departamento GENERAL SAN MARTÍN, Pedanía ALGODÓN, Localidad de LA PLAYOSA, designado como Lote 5 de la Manzana 2, con las siguientes medidas y linderos: Partiendo del esquinero NOR-ESTE, vértice A con un ángulo interno de 91° 46 51″ y con rumbo SUR-ESTE, hasta el vértice B mide 193,26m (línea A-B) colindando con calle SAN MARTÍN, desde este vértice B con un ángulo interno de 89° 22′ 27″ hasta el vértice C mide 183,32m (línea B-C) colindando con calle JUJUY; desde este vértice C con un ángulo interno de 89° 44′ 31″ hasta el vértice D mide 409, 12m (línea C-D) colindando con calle PÚBLICA, desde este vértice D con un ángulo interno de 90° 48′ 15″ hasta el vértice E mide 86,86m (línea D-E) colindando con calle PÚBLICA, desde este vértice E con un ángulo interno de 88°17’56» hasta el vértice F mide 214,80m (linea E-F-) colindando con Parcela 27360-3459. Expte Nro. 0588-001457-2010, M.F.R. 466.644 y cerrando la figura desde este vértice F con un ángulo interno de 270°00 ‘hasta el vértice A, mide 96,12m (línea F-A) colindando con parcela 27360-3459, Expte. Nro 0588-001457-2010 M.F.R. 466.644. SUPERFICIE 5 Hectáreas 3.503 mts2.
Que resulta necesario gestionar las medidas y trámites necesarios para regularizar la situación dominial del mismo y arbitrar los medios necesarios para garantizar el cumplimiento del plazo legal, procurando la accesión de posesiones prevista por el segundo párrafo del articula 1901 del C.C.C.N, en cuanto establece que entre las posesiones debe mediar vinculo jurídico.
Que resulta necesario, facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar la adquisición de distintas posesiones para anexarlas a la actual, procurar el desinterés de los posibles contradictores, y a suscribir toda la instrumentación necesaria para cumplimentar los requisitos de Ley. Como también, facultarlo expresamente para que proceda a la iniciación, prosecución y finalización del procedimiento de prescripción administrativa, incluyendo la suscripción de la escritura traslativa de dominio correspondiente. –
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Art. 1º: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a arbitrar los medios necesarios garantizar el cumplimiento del plazo legal, procurando la accesión de posesiones prevista por el segundo párrafo del articula 1901 del C.C.C.N, en cuanto establece que entre las posesiones debe mediar vinculo jurídico, y, en consecuencia, gestionar la adquisición de distintas posesiones para anexarlas a la actual, procurar el desinterés de los posibles contradictores, y a suscribir toda la instrumentación necesaria en miras cumplimentar los requisitos de Ley. Como también, facultarlo expresamente para que proceda a la iniciación, prosecución y finalización del procedimiento de prescripción administrativa, incluyendo la suscripción de la escritura traslativa de dominio correspondiente, del inmueble individualizado catastralmente como: Lote 5 de la Manzana 2, con las siguientes medidas y linderos: Partiendo del esquinero NOR-ESTE, vértice A con un ángulo interno de 91° 46 51″ y con rumbo SUR-ESTE, hasta el vértice B mide 193,26m (línea A-B) colindando con calle SAN MARTÍN, desde este vértice B con un ángulo interno de 89° 22′ 27″ hasta el vértice C mide 183,32m (línea B-C) colindando con calle JUJUY; desde este vértice C con un ángulo interno de 89° 44′ 31″ hasta el vértice D mide 409, 12m (línea C-D) colindando con calle PÚBLICA, desde este vértice D con un ángulo interno de 90° 48′ 15″ hasta el vértice E mide 86,86m (línea D-E) colindando con calle PÚBLICA, desde este vértice E con un ángulo interno de 88°17’56» hasta el vértice F mide 214,80m (linea E-F-) colindando con Parcela 27360-3459. Expte Nro. 0588-001457-2010, M.F.R. 466.644 y cerrando la figura desde este vértice F con un ángulo interno de 270°00 ‘hasta el vértice A, mide 96,12m (línea F-A) colindando con parcela 27360-3459, Expte. Nro. 0588-001457-2010 M.F.R. 466.644. SUPERFICIE 5h.-
Art. 2º: Oportunamente, INCORPORAR el inmueble descrito en el Artículo 1° al patrimonio privado de la Municipalidad de la Playosa. –
Art. 3º: AUTORIZAR a la Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar las acciones judiciales/administrativas de inscripción de la usucapión ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en la Ley Nacional N° 24.320. –
Art. 4º: NOTIFICAR a quien figure como titular registral en el Registro de la Propiedad Inmueble, si fuere posible, y/o a sus sucesores. –
Art. 5°: PASE al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A DIECISÉIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
Prom.p/Dcto. N°
De Fecha
Public. en Transp. y Boletín Municipal