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ORDENANZA Nº 1971
VISTO:
El Articulo 33 de la Ley 8102;
La necesidad de adecuar el presupuesto municipal a las condiciones macroeconómicas cambiantes.
La dificultad para obtener variables e indicadores fiables debido a la situación económica actual en Argentina.
El cambio de gestión a nivel nacional y provincial, con posibles implicancias en las políticas y programas municipales.
CONSIDERANDO:
El contexto macroeconómico actual en Argentina, caracterizado por la volatilidad de los indicadores económicos y la incertidumbre en los mercados financieros.
Que esta situación impacta directamente en la planificación financiera municipal, haciendo necesario adaptar el presupuesto a las condiciones económicas cambiantes para garantizar la estabilidad financiera del municipio.
La falta de datos precisos y confiables para la proyección de variables económicas y financieras, dificultando la elaboración de un presupuesto preciso y realista.
La imposibilidad de contar con información actualizada debido a la demora en la emisión de informes oficiales a nivel nacional y provincial, lo cual afecta la capacidad de toma de decisiones fundamentadas.
El inminente cambio de gestión en los gobiernos nacional y provincial, derivado de lo cual se suscitarán con alta probabilidad, cambios y modificaciones en las políticas públicas y programas que pueden tener un impacto directo en el municipio.
La importancia de evaluar el impacto de estas modificaciones en el presupuesto municipal y ajustar las prioridades y objetivos en consecuencia.
Por todo ello:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA PLAYOSA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
Art. 1º: APRUEBASE la reconducción del presupuesto municipal para el ejercicio fiscal en curso (2023) hasta la apertura del periodo ordinario de sesiones del año siguiente (2024).
Art. 2º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a diferir la presentación del nuevo presupuesto para el ejercicio fiscal 2024 hasta la apertura del periodo ordinario de sesiones del año siguiente.
Art. 3°: Los fundamentos para esta decisión se basan en las consideraciones expresadas en los Vistos y Considerandos de la presente ordenanza.
Art. 4°: La presente ordenanza entra en vigencia a partir de su promulgación.
Art. 5º: Comuníquese, Publíquese, archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Prom.p/Dcto. N°
De Fecha
Public. en Transp. y Boletín Municipal