Ordenanza 1940
Año Boletín: 2023
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1940

Asunto: Autoriza venta terreno Fraga
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ORDENANZA Nº 1940

 

VISTO:

La necesidad de terreno para construcción de viviendas que existe actualmente en la localidad de La Playosa.

Y CONSIDERANDO:

 Que el Estado Municipal, en apoyo a los fines sociales, debe procurar que el mayor número de familias pueda acceder a un techo propio.

Que, a esos fines, se ha resuelto poner a disposición de los beneficiarios -en tanto cumplan los requisitos exigidos en la presente- un lote de propiedad municipal con infraestructura para su enajenación conforme al procedimiento y requisitos que se establece en esta normativa, cuyo cumplimiento deberá ser asumido por los beneficiarios.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA PLAYOSA 

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.) a efectuar venta directa de un lote de terreno baldío de propiedad de este Municipio ubicado en la Manzana Nº 007 (018 MZN OFICIAL), designado como Lote Número 100, de 9,00 mts. de frente sobre calle Rivadavia por 20,00 mts. de fondo, lo que hace una superficie total de ciento ochenta metros cuadrados (180 m2), de frente sobre calle San Juan, colindante al suroeste con lote Nº101 de la misma subdivisión y al Este con lote Nº 017 de otra subdivisión. 

Art. 2°: ESTABLEZCASE que el terreno detallado deberá ser destinado exclusivamente a vivienda personal del comprador y de su grupo familiar declarado, quedando terminantemente prohibido variar el destino de la ocupación en forma total o parcial. Queda expresamente prohibido a los adquirentes, la venta o disposición de los inmuebles en el plazo de (10) diez años. Asimismo, no podrán ser adquirentes de más de un lote de terreno a cada interesado o integrantes del grupo familiar conviviente.

Art. 3°: ADJUDIQUESE la venta de terreno al Sr. FRAGA MARTIN, D.N.I. 24.617.759, con domicilio en calle San Juan esquina Mariano Moreno S/N, de la localidad de La Playosa, adherente 70059 del plan “Vivienda Única” debiendo suscribirse en forma inmediata el boleto de compraventa.

Art. 4º: EL PRECIO del lote N° 100 será el equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valor de la construcción de una vivienda del Plan Municipal “Vivienda Única” actualizado al momento de la firma del boleto de compraventa. 

Art. 5°: FIJESE las siguientes condiciones de ventas:

  1. El precio del terreno se podrá abonar de contado y en planes de pago hasta un máximo de setenta y dos (72) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al que se cobra por mora en las Tasas e impuestos Municipales.
  2.  La falta de pago en tiempo y forma de cualquiera de las cuotas estipuladas hará 

caducar, sin necesidad de interpelación o notificación previa, el derecho del comprador perdiendo las sumas entregadas y quedando la Municipalidad facultada para sacar nuevamente a venta el bien, sin derecho a reclamo o indemnización de ninguna especie.

  1. La Municipalidad entregará el terreno libre de deudas, tasas, impuestos y gravámenes, siendo por cuenta del comprador dichos tributos, tanto Municipales, Provinciales o Nacionales, desde la firma del respectivo boleto de compraventa.
  2. Será a cargo del adjudicatario el pago de Obra de Gas y Cordón Cuneta ejecutadas en dicho domicilio. 

Art. 6°: AUTORICESE a realizar la escritura traslativa de dominio una vez abonado íntegramente el precio de venta del inmueble por ante el escribano público que designe el municipio. Será a cargo del adjudicatario los costos de la escritura traslativa de dominio, la que deberá ser otorgada en un plazo de seis (6) meses de haber cancelado la deuda del inmueble. En caso de existir un saldo de precio a favor de la Municipalidad de La Playosa, se podrá constituir Hipoteca en primer grado a favor del acreedor, en la misma Escritura.

Art. 7°: La solicitud de compra será considerada como manifestación del proponente de conocer las modalidades y características de la venta, y que acepta sus condiciones y requisitos. 

Art. 8°: COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese. 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A LOS DICISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES. 

 

Prom.p/Dcto. N°

De Fecha         /         /               

Public. en Transp. y Boletín Municipal

Derogada: NO
Modificada: NO
Mod/Deroga: No
Afecta Ordenanza: