Ordenanza 1936
Año Boletín: 2023
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1936

Asunto: Autoriza escritura FOOS MARCELO
Texto Completo Documento

ORDENANZA Nº 1936

 

VISTO: 

              Ordenanza Nº 989/2005 de fecha 06/09/2005, promulgada por decreto municipal 140/2005 de fecha 07/09/2005, por la cual se adjudica a los Sres. FOOS Marcelo, D.N.I. 18.177.904 y CAMPOS Graciela, D.N.I. 17.600.112 con domicilio en Juan B. Alberdi N° 405 de la Localidad de La Playosa, adherente Nº 20024, un lote designado como Nº “008” de la chacra Nº 04 de 14,00 metros de frente por calle Juan B. Alberdi por 35,00 metros de fondo, con una superficie de 490 metros cuadrados.  Inscripto en la Dirección Gral. De Rentas bajo el Nº de cuenta 160118287735, nomenclatura catastral 1601130102006010.

                 Que conforme informe de Tesorería Municipal, el inmueble no registra deuda y la obligación de pago por adquisición del mismo se encuentra cancelada a la fecha.

Y CONSIDERANDO

                            El informe de Tesorería Municipal, de que no existe saldo pendiente alguno de pago por adjudicación de inmueble, FOOS Marcelo, D.N.I. 18.177.904 y CAMPOS Graciela, D.N.I. 17.600.112 con domicilio en Juan B. Alberdi N° 405 de la Localidad de La Playosa, adherente nº 20024.

 

Por todo ello, 

 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA PLAYOSA SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A 

 

Art. 1º: ORDENESE ESCRITURAR a favor de FOOS Marcelo, D.N.I. 18.177.904 y CAMPOS Graciela, D.N.I. 17.600.112 con domicilio en Juan B. Alberdi N° 405  de la Localidad de La Playosa, en el marco de lo dispuesto por ordenanza nº 989/2005, de fecha 06/09/2005, decreto promulgatorio 140/2005 de fecha 07/09/2005, un lote de terreno que se describe como  lote “008” de la Chacra 02, de una superficie de 14,00 metros de frente por 35,00 metros de fondo o sea una superficie total de 490,00 metros cuadrados, Inscripto en la Dirección Gral. De Rentas bajo el Nº de cuenta 160118287735, nomenclatura catastral 1601130102006010.

Art. 2º: Que serán a cargo del comprador adjudicatario, en su totalidad, todo costo de gastos y honorarios que demande el proceso de escrituración, quien previa comunicación fehaciente deberá indicar a la Municipalidad el profesional interviniente en los actos notariales.

Art. 3º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al registro municipal, archívese. –

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES. 

Prom.p/Dcto. N°

De Fecha

Public. en Transp. y Boletín Municipal

 

Derogada: NO
Modificada: NO
Mod/Deroga: No
Afecta Ordenanza: