Ordenanza 1807
Año Boletín: 2021
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1807

Asunto: Aprueba ejercicio 2020
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ORDENANZA Nº 1807

VISTO: 

La documentación correspondiente al periodo 2020, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal y la Resolución Nº 001/2021 del Tribunal de Cuentas Municipal, en la cual consta el informe de la Cuenta Anual del Ejercicio Año 2020.

Y CONSIDERANDO

         Que según lo estipulado en Art.30 inc. 24 de la Ley Orgánica Municipal corresponde al Concejo Deliberante examinar y aprobar o desechar la cuenta anual de la administración previo informe del Tribunal de Cuentas, dentro de los sesenta (60) días de recibido. –

         Que el Cuerpo ha tenido el tiempo prudencial para el análisis de la documentación referida, recomendando cada integrante su aprobación, de acuerdo a lo fundamentado por cada uno de ellos y que consta en acta del día de la fecha. –

         Que el dictamen del Tribunal de Cuentas Municipal correspondiente al Informe de la Cuenta Anual del Ejercicio 2019, según la Resolución Nº 001/2021 indica que “la cuenta Anual 2020 debe ser aprobada” conforme las atribuciones que surgen el Art.84 de la Ley 8102, el cual establece que corresponde al órgano de control externo de la legalidad del gasto, entre otras, la de revisar las Cuentas Generales del ejercicio de la administración municipal y Dictaminar ante el Concejo Deliberante, dentro de los sesenta (60) días de haber sido recibida, sobre la Cuenta General de la Municipalidad.-

        Que de conformidad a lo establecido por el Art.90 de la Ley 9086 y Art. 49 Incs. 12º, 13º, y 14º de la Ley 8102, el Balance General elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal esta integrado por:

  1. a) Ejecución del presupuesto de la administración general desagregados hasta el nivel previsto en la ley de presupuesto.
  2. b) Ejecución del presupuesto de recursos de la administración general, desagregados hasta el nivel previsto en el texto de la Ordenanza de Presupuesto.
  3. c) Ejecución del presupuesto de gastos de la administración general, mostrando el compromiso y el ordenado a pagar, desagregados hasta el nivel previsto en el texto de la Ordenanza de Presupuesto.
  4. d) Los Estados que demuestren los movimientos de la situación del tesoro de la administración general. 
  5. e) Planilla General de Disponibilidades.

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE LA PLAYOSA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: APRUÉBASE la Cuenta Anual del Ejercicio 2020, cuyos anexos se agregan a la presente, en el marco de lo establecido por el Inciso 24º del Art. 30 de la Ley Nº 8102.

Artículo 2º: COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA PLAYOSA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.

Prom.p/Dcto. N°

De Fecha

Public. en Transp. y Boletín Municipal

Derogada: NO
Modificada: NO
Mod/Deroga: No
Afecta Ordenanza: